La Junta abre el plazo para que los trabajadores autónomos puedan solicitar las ayudas para el alquiler en sus negocios

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(Prensa Ayto Cártama) El área de Comercio y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Cártama quiere informar a la ciudadanía que la Junta de Andalucía ha abierto el plazo de solicitud para que los trabajadores autónomos puedan solicitar las ayudas para el alquiler en sus negocios. Las solicitudes se podrán presentar hasta el 30 de octubre de forma telemática en la web de la Junta.

Estas subvenciones se estructuran en dos líneas, la primera de ellas, destinada a trabajadores por cuenta propia, que alcanza los 900 euros, y la segunda línea,  dirigida a autónomos del sector  del esparcimiento y establecimientos recreativos infantiles (CNAE5630 Establecimiento de bebida y CNAE 9329 Otras actividades recreativas y de entretenimiento), que alcanza los 1.200 euros.

Podrán ser beneficiarios de la ayuda los trabajadores autónomos con domicilio social en Andalucía, que estén dados de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo a fecha de 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma, y que mantengan el alta cuatro meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas. También se establece como requisito para los beneficiarios que en el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o 7 veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta. Se excluye también a los autónomos societarios (aquellos que han constituido una empresa o sociedad mercantil).

Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y se exige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Se excluyen aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante.

En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a ‘establecimientos de bebidas’ u ‘otras actividades recreativas y de entretenimiento’.

Las personas interesadas pueden obtener más información sobre la tramitación de estas ayudas contactando con la oficina del Centro Andaluz de Emprendimiento  (CADE) a través del teléfono 671 536 855 o por correo electrónico (mpbandera@andaluciaemprende.es).

Más información en los siguientes enlaces: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/560/1

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/medidas-covid19/pymes-autonomos/paginas/ayudas-alquiler-autonomos.html