Trabajadores con coronavirus o aislados preventivamente dispondrán de bajas por enfermedad profesional

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El Decreto entra en vigor el 12 de marzo sin carácter retroactivo

Ante desabastecimiento de materiales de protección como guantes o mascarillas, el Ejecutivo restringirá su venta a las personas que lo necesiten

Los trabajadores contagiados por coronavirus o en aislamiento preventivo tendrán bajas por enfermedad profesional, no por enfermedad común, lo que conlleva cobrar  la prestación desde el primer día, por un mayor porcentaje del salario y con cargo a la Administración.

La medida se incluye en un real decreto ley con medidas extraordinarios ante el avance del coronavirus en España. De hecho, quienes estén aislados o contagiados por el virus y dados de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social se les considerará de baja por accidente laboral. Por tanto, cobrarán el 75% desde el día siguiente y la Seguridad Social o mutua se hará cargo; y no las empresas.

Sin embargo, el Decreto Ley entra en vigor este jueves 12 de marzo. Este cambio sólo afectará a las bajas que se produzcan a partir de entonces, no a los afectados antes de esa fecha, ya que el texto no incluye ninguna cláusula retroactiva.

La ley ya permitía que, en caso de posible desabastecimiento, el Ejecutivo tomará medidas con respecto a medicamentos o productos sanitarios. Ahora lo amplía a “cualquier producto necesario para la protección de la salud”.