El Ayuntamiento se reúne con los vecinos de la Senda del Pilar para revisar el proyecto urbanístico del ‘Campo de Golf’

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El caso del llamado Sector R.1.10 ‘Campo de Golf’ afecta a 25 familias que tienen sus viviendas y actividades económicas en la zona afectada

 (Prensa Ayto Torremolinos) El Ayuntamiento de Torremolinos se ha reunido en la mañana de hoy, miércoles 25 de octubre, con la Asociación de Vecinos afectados Senda del Pilar, por los problemas urbanísticos derivados por el caso Sector R.1.10 ‘Campo de Golf’. El Proyecto de Urbanización de este sector fue declarado de nulidad por defecto de forma en sentencia número 722/2016 del Tribunal Superior Justicia Andalucía (TSJA) de la sala de los contencioso administrativo con sede en Málaga, aunque finalmente fue aprobado en las mismas circunstancias por decreto de Alcaldía el 10 de junio de 2008.

Maribel Tocón, concejala de Urbanismo, ha manifestado que “esta toma de contacto pone en valor la intención del Equipo de Gobierno y la Corporación de escuchar a los vecinos que demanden una solución a sus problemas. Este hecho, denunciado por el PSOE cuando estábamos en la oposición, no es un problema cualquiera, porque mantiene a más de 25 familias en una situación de desamparo ante la mala gestión urbanística de esta zona municipal que ha generado un gran perjuicio económico a las arcas municipales”.

Por su parte, el grupo municipal de Ciudadanos presentará en el pleno ordinario convocado para mañana jueves, 26 de octubre, una moción con el fin de revisar de oficio el acuerdo de aprobación del Proyecto de Reparcelación del Sector R.1.10 ‘Campo de Golf’, el cual derivó en una sentencia de nulidad por el TSJA.

Ángeles Vergara, portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Torremolinos, ha asegurado que “la moción presentada pretende dar solución a la situación urbanística denunciada por la Asociación de Vecinos Senda del Pilar y la realización de un informe jurídico sobre las determinaciones del Plan Parcial y el Proyecto de Reparcelación que pudieran incurrir en nulidad radical”.