La Junta recuerda que los ayuntamientos tienen potestad de abrir los centros educativos fuera del calendario escolar

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(Prensa Junta de Andalucía) La normativa al respecto no ha sido modificada.La Delegación Territorial de Educación de Málaga recuerda que las administraciones locales, directamente o través de los correspondientes acuerdos con empresas de ocio educativo y/o AMPAS, pueden autorizar la utilización de las instalaciones de los centros docentes fuera del horario lectivo o durante los periodos vacacionales.

En este sentido, las autorizaciones para la realización de actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales, solicitadas por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, se pueden llevar a cabo por los centros sin contar con la autorización previa de la Delegación Territorial, sin perjuicio de que deban tener en cuenta lo previsto en el Decreto 301/2009 que regula el calendario y jornada escolar en los centros docentes, normativa que no ha sido modificada.