La Diputación aprueba las bases reguladoras para la concesión de las ayudas económicas de los Servicios Sociales Comunitarios

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junta de gobierno 30 marzo 2016 o

(Prensa Diputación) Un total de 300.000 euros serán repartidos en los municipios de la provincia de menos de 20.000 habitantesSe incluyen las ayudas económicas de apoyo a la convivencia e inserción social, a mujeres víctimas de violencia de género y prestaciones familiares.

La Diputación provincial de Málaga ha aprobado en la última reunión de Junta de Gobierno las bases reguladoras de la convocatoria de las ayudas económicas de los Servicios Sociales Comunitarios para el año 2016. Se trata de unas prestaciones económicas que tienen como objetivo facilitar el acceso de los ciudadanos a los recursos sociales, mejorar la coexistencia personal y familiar, apoyar la inserción social y prevenir la marginación.

Estas subvenciones repartirán un total de 300.000 euros en los municipios malagueños de menos de 20.000 habitantes, englobando las ayudas económicas de apoyo a la convivencia e inserción social, las asistencias económicas para mujeres víctimas de violencia de género y las prestaciones económicas familiares.

El presidente de la Diputación, que ha presidido la Junta de Gobierno, ha afirmado que «con estas aportaciones queremos dar respuesta a las necesidades que hoy en día padecen nuestras familias. En concreto, nos permiten ayudar a aquellas carentes de recursos económicos para que puedan cubrir sus necesidades básicas; apoyar a las mujeres víctimas de violencia de género en la ruptura del círculo de la violencia y el alejamiento del agresor; prevenir las situaciones de riesgo social para menores, derivadas de la carencia de recursos económicos de sus familias, y apoyar los procesos de intervención que desde los Centros de Servicios Sociales desarrollamos con las personas en situación de riesgo de exclusión social».

Las ayudas económicas de apoyo a la convivencia e inserción social irán dirigidas a mejorar la convivencia y prevenir la marginación social de personas y familias en situación de riesgo social y pueden ir dirigidas a mejoras en la habitabilidad de los domicilios familiares mediante pequeñas reparaciones y obras, así como la adquisición de determinados enseres domésticos (electrodomésticos, mobiliario, ajuar doméstico, etc.); compra de alimentos, ropa, fármacos, productos de limpieza y de higiene personal; atención sanitaria especializada; apoyo al alquiler de la vivienda para evitar la desestructuración de la situación personal y/o de convivencia; fianza o depósito de alquiler de vivienda; apoyo al alquiler por un máximo de 6 meses; atención y cuidados para la salud, y ayudas para cualquier otra necesidad sobrevenida y debidamente acreditada.

En el caso de las ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género, los recursos económicos prestados están dirigidos a cubrir las necesidades básicas de ellas y de sus hijos, siendo los conceptos específicos que se establecen para solicitar estas ayudas los mismos que los previstos para las ayudas económicas de apoyo a la convivencia e inserción social.

Por su parte, las ayudas económicas familiares constituyen prestaciones económicas que se destinan a aquellas familias que no poseen los recursos económicos suficientes para atender las necesidades básicas de los menores que la componen. Con ello se trata de prevenir, reducir o eliminar los factores que generen situaciones de dificultad o riesgo social para dichos menores, con el fin de favorecer su permanencia en el entorno familiar y social.

Se entiende por necesidades básicas de las menores, la adquisición de alimentos, productos de aseo personal e higiene doméstica, leche maternizada y de continuidad, ropa, calzado y medicamentos, así como material escolar, acceso a recursos educativos que desempeñen una función de integración de la persona menor, y gastos derivados del transporte.

Las personas solicitantes de estas ayudas deben ser mayores de edad o menores emancipadas, en nombre propio o como representantes de su unidad de convivencia, siempre que residan y estén empadronadas en cualquiera de los 87 municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, y que carezcan de medios económicos suficientes para atender sus necesidades básicas, las cuales deben ser previamente valoradas por el personal técnico de los Servicios Sociales Comunitarios.